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12 de abril de 2023

Horas extra en la Ley 40 horas: qué dice el documento

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La ley fue aprobada con 127 votos a favor, 3 abstenciones y 14 votos en contra, los que correspondieron a la bancada del Partido Republicano.

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El documento permite cambiar las horas extraordinarias por días de feriado. En esta nota explicamos cómo funcionarán las horas extra en la Ley 40 Horas.

Después de seis años en el Congreso, finalmente fue apobada la Ley 40 horas semanales. La inciativa busca mejorar la calidad de vida de los ciudadanos al reducir, en cinco horas, la jornada laboral.

Lo anterior se llevó a cabo mediante modificaciones al Código del Trabajo, entre las cuales destacan la jornada 4×3, mayor flexibilidad para madres y padres, y cambios en las horas extras.

Horas extra en la Ley 40 Horas ¿qué dice el documento?

Tras la votación en la Cámara de Diputadas y Diputados, el Gobierno anunció que en los próximos días será promulgada la Ley en el Diario Oficial. Por lo tanto, pronto se llevarán a cabo los primeros cambios.

Las horas extra están definidas en el artículo 32 del Código del Trabajo, este indica que «las horas extraordinarias solo podrán pactarse para atneder necesidades o situaciones temporales de la empresa».

Con la modificación de Ley de 40 horas, a dicho artículo se le agregó un párrafo más que añade otra forma de pagar las horas extra por parte del empleador.

«Con todo, las partes podrán acordar por escrito que las horas extraordinarias se compensen por días adicionales de feriado«, señala el documento.

Si el empleado y el empleador optan por este acuerdo, podrán pactar hasta cinco días hábiles de descanso adicional al año. Estos deben ser utilizados por el trabajador dentro de los seis meses siguientes al ciclo en que se originaron las horas.

Para ello el o la empleada debe avisar con cuarenta y ocho horas de anticipación.

En caso de no solicitar los días extraordinarios en la oportunidad indicada, el empleador deberá agregar el pago dentro de la remuneración del respectivo periodo.

Este mecanismo «se regirá por el mismo recargo que corresponde a su pago, es decir, por cada hora extraordinaria corresponderá una hora y media de feriado».

Finalmente, cuando haya terminado la relación laboral y queden días pendientes de utilizar, estos serán compensados de acuerdo a lo establecido en el artículo 73.

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