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País

2 de septiembre de 2022

Desinformaciones que han circulado sobre el Plebiscito Constitucional

Recopilación_desinformaciones sobre el Plebiscito

El plebiscito será el domingo 4 de septiembre y el voto es de carácter obligatorio.

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El domingo 4 de septiembre se llevará a cabo el Plebiscito Constitucional. En esta instancia la ciudadanía decidirá si se aprueba o rechaza la propuesta de la Convención. La votación es de carácter obligatorio para todos los chilenos con domicilio electoral en territorio nacional. En esta nota, recopilamos los chequeos que hemos publicado a las desinformaciones sobre el Plebiscito de Salida.

Desinformaciones que han circulado sobre el Plebiscito

A continuación presentamos un resumen de cada artículo. Para revisar la verificación completa, haz clic en el veredicto.

Carabineros dejará de ser ministro de fe: Falso

En TikTok, un usuario publicó un video en el que afirma que “Carabineros ya no es ministro de fe”. Por ello, recomienda a las personas que no asistan guardar los documentos que justifiquen la inasistencia. Pero no es cierto que Carabineros ya no será ministro de fe.

De no acudir a las urnas, la multa que arriesga el elector va de 0,5 a 3 UTM, cerca de 180 mil pesos. Sin embargo, la ley establece cuatro causales por las cuales la persona se exime de la multa: enfermedad, ausencia del país, encontrarse a más de 200 km del local de votación u otro impedimento grave.

De esas cuatro causales, Carabineros puede actuar como ministro de fe en la tercera. Es decir, si el 4 de septiembre el elector se encuentra a más de 200 kilómetros del local de votación, tendrá que acudir a una comisaría para dejar la constancia.

La constancia debe realizarse el mismo día del Plebiscito, no antes ni después, y de forma presencial. Sin embargo, se podrá disponer del comprobante del trámite en forma física o digital vía correo electrónico. El elector tendrá que presentar ese documento cuando sea citado por el Juzgado de Policía Local.

Se pedirá el pase de movilidad para votar: Falso

Esta desinformación comenzó a circular a raíz de un tweet del Ministerio de Salud en el que anuncian que «vamos a fiscalizar el uso de la mascarilla, el distanciamiento de mesas y por sobre todo el Pase de Movilidad, lo que se va transformar en un gran incentivo para celebrar de la manera más segura». Pero el mensaje se refiere al protocolo de Fiestas Patrias.

El decreto que define las Normas e Instrucciones y Protocolo Sanitario para la votación indican explícitamente que «no se podrá exigir a los electores para el ingreso a los locales de votación el pase de movilidad ni efectuar controles de temperatura».

Esto fue aclarado en redes por el Servel y el Ministerio de Salud:

Los mayores de 60 años no serán multados si no votan: Falso

En Facebook se viralizó una publicación asegurando que el Servicio Electoral anunció que los mayores de 60 años no recibirán multa por no votar en el Plebiscito de Salida.

Sin embargo, ninguna de las publicaciones del Servel da cuenta de la eliminación de la multa. Por el contrario, en InstagramFacebook y Twitter desmintieron la desinformación:

“La ley indica que el sufragio en el Plebiscito Constitucional será de carácter obligatorio para todos quienes tengan su domicilio electoral en Chile, sin establecer una edad máxima para ello”.

Apoderados pueden escanear documentos de identidad: Falso

Un usuario alertó a otros en Twitter, señalando que “el rechazo está capacitando a sus apoderados de mesa con atribuciones que no existen”. La imagen que adjunta es una diapositiva que habla sobre los apoderados de mesa. Uno de los puntos que aborda indica que el apoderado debe pedirle al vocal de mesa que le enseñe el carnet de identidad del elector. De esa forma podrá escanearlo con “la app que tendrán en su teléfono”.

Supuestamente, eso le permitiría saber al apoderado si la persona votó.

Consultamos la información en la diapositiva con el Servel, desde donde nos respondieron que, para el desempeño de su función, “los apoderados podrán observar el proceso, verificar u objetar la identidad de los electores”. Para ello, “pueden supervisar que los vocales pidan que los electores se quiten la mascarilla por 3 segundos y cotejar las cédulas de identidad o pasaportes con los datos del padrón de mesa”. Sin embargo, “en ningún caso podrán fotografiar o escanear los documentos de identidad de los electores”.

Es decir, no está dentro de las atribuciones de un apoderado escanear la cédula de identidad.

Una empresa contará los votos del plebiscito: Falso

También se ha afirmado en redes que será una empresa la que cuente los votos, lo que no es cierto. Según los usuarios, HPIC DOS SA, una empresa constituida recién en diciembre de 2021, tendrá esa misión.

Lo cierto es que la firma ganó la licitación del Servel para desarrollar el software y el Datacenter para el centro de cómputo de elecciones. Fue la única empresa que presentó su propuesta y obtuvo puntaje perfecto en la evaluación. Para esto se destinó cerca de 1.200 millones de pesos, según el contrato disponible en el Mercado Público.

No obstante, este manejo de información no corresponde específicamente a contar votos, como mencionó el Servel en una aclaración. La información de las preferencias está a cargo del organismo electoral, quienes entregan la información, ya recolectada y registrada, para su posterior difusión y análisis.

El conteo de los votos lo realizan los vocales de mesa una vez terminada la votación y las preferencias se registran tres veces. Posteriormente existen 2 instancias para constrastar y verificar la información, primero con el Colegio Escrutador y después con el TRICEL.

La cédula de identidad para extranjeros permite votar: Falso

En redes se viralizó la publicación de un carnet para extranjeros emitida en enero y vigente hasta noviembre de este año. Según los usuarios que la han difundido, tener la cédula de identidad para extranjeros permitiría votar en el Plebiscito del 4 de septiembre. Pero esa afirmación no es correcta.

En primer lugar, la cédula de identidad para extranjeros es un documento que deben poseer todas las personas que ingresen al país regularmente. Desde el Registro Civil nos explicaron que “la cédula dura lo que dura la visa” tramitada por la persona.

De acuerdo a la información oficial, la solicitud para obtener el documento debe ser tramitada dentro de los 30 días siguientes a la entrega de la visa. O en 30 días desde que se estampa la visa correspondiente en el pasaporte.

Es decir, este trámite debe realizarse tan pronto la persona ingresa de forma regular al país y por ello no puede usarse para votar en el Plebiscito. Esto porque el Servel establece requisitos para el sufragio de personas extranjeras.

En Mala Espina hemos explicado en varias ocasiones cuáles son los requisitos para que un extranjero pueda ejercer el voto en el país. La legislación vigente señala que, además de contar con al menos 5 años de residencia definitiva, deben tener más de 18 años y no deben haber sido condenados a penas aflictivas (superiores a 3 años y 1 día).

Por ende, un extranjero en situación de irregularidad o que lleve menos de cinco años en el país no puede votar.

 

A días del Plebiscito, te invitamos a revisar otros chequeos y explicativos que hemos realizado a la campaña, los que puedes encontrar aquí.

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